Sunday, November 29, 2015

Historia de la Terapia Física en Puerto Rico

Historia de la Terapia Física en Puerto Rico
En el Siglo XX, se dan los comienzos en Historia de la fisioterapia en Puerto Rico.  En el 1940 comenzó el primero Departamento de Terapia Física  por gestiones del Lcdo. Atiles Moreau.  Debido a que no existía personal especializado, se tuvieron que adiestrar enfermeras graduadas, y se envió personal con becas a diferentes universidades de Estados Unidos y se trajó personal extranjero de Canadá, Inglaterra y Estados Unidos.  Este departamento comenzó con el Instituto oftálmico con el Dr. Jesús Amadeo, Quiropráctico, y Sra. Carmen Rodríguez Vélez, RN, y la Sra. Ana Ferral, RN. Para los años 1949-1950 se fundó la escuela de terapia física y Ocupacional en Puerto Rico, que luego paso hacer del Recinto de Ciencias Médicas. Para el 1951, muchas enfermeras pasaron a ser terapistas físicos por el “Grand Father Clause” que estipula que todo el personal que estaba ejerciendo funciones de terapista Física obtendría el título del profesional.  Para el 29 de junio de 1962, se creó una ley que impacto grandemente la profesión de Terapia Física.  Dicha ley es la ley 114 de 29 de junio de 1962. Esta ley reglamenta el ejercicio de la profesión de Terapia Física en Puerto Rico, fija los deberes, obligaciones y facultades de la Junta, establece y mantiene un registro de terapistas físicos autorizados por ley, y fija penalidades por violaciones a esta ley.  Las razones principales para la creación de esta ley es la de proteger al paciente de recibir servicios por personas no autorizadas a ejercer la profesión ni preparadas académicamente y que puedan poner en riesgo la vida, salud y bienestar del paciente; asegurar de que el servicio suministrado sea de acuerdo con las normas científicas más modernas; proteger a los profesionales que representa, asegurando el que se mantenga un alto grado de calidad de servicio, entre otros. Ya para el 1967, inicia operaciones el Hospital Industrial y junto con él se muda Departamento de Terapia Física que había comenzado en el 1940 con el Instituto Oftálmico. Esta misma fecha comienza bajo ley los programas de “medicaid” y “medicare” donde creo un gran impacto en el sistema de salud de Puerto Rico, medico, profesionales de la salud, incluyendo Fisioterapeutas. Luego, para el 13 de diciembre de 1968,  se autorizó el establecimiento en el colegio Regional de Humacao de los Programas de Terapia Física y Terapia Ocupacional conducentes al Grado de asociado en las respectivas materias. En enero de 1969 se inició el programa para el adiestramiento de auxiliares del fisioterapista y terapistas ocupacionales en el Colegio Regional De Humacao. Para este mismo año, la Oficina Legal del Departamento de Salud preparó un proyecto para exigir el grado de Asociado en Terapia Física, examen y licencia de la Junta examinadora para poder ejercer el auxiliar de fisioterapista.  Este proyecto no fue aprobado en la sección de 1969 por cuestiones de trámite. Ya para el 28 de mayo de 1970 se aprueba este proyecto reglamentando y legalizando la profesión de asistente de terapia física en Puerto Rico.  Creando una enmienda a la ley 114 de 28 junio de 1962, la cual es la ley núm. 41 de 28 de mayo de 1970.  Para el año 1970, se graduaron los primeros estudiantes del colegio regional de Humacao y se abrió el programa de terapia física y ocupacional en el colegio regional de Ponce.  Ya para en el 1974, se crea la Acta de Privacidad o “Privacy Act”, que reglamenta el derecho que tiene le paciente a que se mantenga la confidencialidad de la información de su expediente clínico.  Esto impacta de forma positiva a la profesión de terapia física manteniendo estándares de calidad, confiabilidad y sobre todo seguridad a los pacientes que requieren los servicios de los profesionales de terapia física.  Luego para el 1976 se crea la ley núm. 79 de  30 de mayo de 1976, la cual es una enmienda a la  ley 114 de 29 de junio de 1962.   Dicha enmienda crea las funciones del asistente del Terapista Físico. En este mismo año, 1976,se crea la Asociación Puertorriqueña de Fisioterapia, la cual es una Organización sin fines de lucro que sirve a la comunidad puertorriqueña, a los fisioterapistas y asistentes de los fisioterapistas en Puerto Rico. En este año, también se crea la ley núm. 11 de 23 de junio de 1976.  Dicha ley uno de sus propósitos es la recertificación de los profesionales de la Salud a base de educación continua y a las normas dispuestas por las organizaciones de reglamentación y evaluación profesional, y un registro de cada tres años de las licencias que otorgan . Dicha ley impacta de forma positiva los médicos y profesionales de la salud, incluyendo los terapistas físicos, ya que mantiene estándares de calidad.  Luego para el año 1978, se crea la Ley Núm. 79 de 28 de junio de 1978 implantado el servicio público como condición para la obtención de una licencia para practicar aquellas profesiones de salud que estaban reglamentadas. Impactando grandemente a los profesionales de Terapia Física como condición para obtener su licencia para poder ejercer la profesión.  Esta ley estuvo vigente hasta el 1996, cuando fue derogada por la ley Núm. 109 de 11 de agosto de 1996. Para este mismo año se crea la ley federal “Health Insurance Portabilility and Accountability Act” o mejor conocida como Ley HIPAA. Esta ley es la ley 104-191 aprobada en el 1996, que establece el deber de las instituciones de proteger la información de salud del paciente, mediante estándares de privacidad y seguridad de información de salud protegida. Además esta ley otorga mayor control sobre su información de salud, mediante derechos relacionados al uso y divulgación de la misma. Durante todos estos años los programas de terapia física y terapia ocupacional del colegio regional de Humacao y Ponce, estaban juntos. Para el 1997, la Junta de Síndicos de la Universidad De Puerto Rico aprueba la propuesta de Reorganización del Departamento de Terapia Física y Terapia Ocupacional del Colegio Universitario de Humacao, separando los programas de terapia física y terapia ocupacional. Ya para el 2000, se crea la “Carta de Derechos y Responsabilidades del Paciente”. Esta es la Ley 194 de 25 de agosto de 2000.  Establece los derechos y responsabilidades de los pacientes y usuarios de los servicios de salud.  Impactando de forma positiva a los profesionales de la salud ya que “contribuirá visiblemente a la formación de un público mejor informado, más consciente, más responsable y seguramente más saludable, lo cual tendrá el efecto de promover una utilización más eficiente de los recursos disponibles en esta importante área y redundará a largo plazo en considerable provecho para el pueblo de Puerto Rico.” Esto, también hace que se mantengan estándares de calidad y una mayor colaboración de parte de los pacientes  conociendo sus responsabilidades, para la mejoría de la profesión de terapia física y otros profesionales de la salud.  Como también evita las malas prácticas en nuestra profesión. Pasando al siglo XX, actualmente solo hay una universidad con el programa acreditado, por “Commission on Accreditation in Physical Therapy Education” (CAPTE),  para la Profesión de Terapista Física. Esta es la Universidad de Puerto Rico Recinto de Ciencias Médicas. Mientras que para las asistentes del terapista fisco hay 4 universidades y colegios acreditados, por “Commission on Accreditation in Physical Therapy Education” (CAPTE),  que son: Huertas College, Universidad Interamericana de Puerto Rico – Ponce, Universidad de Puerto Rico en Humacao y la Universidad de Puerto Rico en Ponce.

Por: Lydia E. Figueroa Morales, 29/noviembre/2015
Referencias:
CAPTE. (n.d.). Accredited PT and PTA Programs (Ed.). Recuperado de http://www.capteonline.org/apta/directories/accreditedschools.aspx?navID=10737421958&site=capte
Cartagena, M & Silva, E. (2008). Introducción a Terapia Física. Puerto Rico: Artes Gráficas.
CFSE. (n.d). Hospital Industrial (Ed.). Recuperado de http://www.cfse.pr.gov/App_Content/Area_3_1_1.aspx
Dreeben, O. (2011). Introduction Physical Therapy for Physical Therapist Assistants. Estados Unidos: Jones & Bartlett Learning.  
Lexjuris. (2000). Ley para reglamentar la profesión de los Fisioterapistas (E.d.). Recuperado de http://www.lexjuris.com/lexmate/profesiones/lex012.htm
Marín, A. (2002). Orígenes y evolución de la fisioterapia (Ed.). Recuperado de http://campus.usal.es/~fisioterapia/Historia%20fisioterapia.pdf
Presupuesto Gobierno. (2008). Ley Núm. 194 del año 2000 (Ed.). Recuperado de http://www.presupuesto.gobierno.pr/PresupuestosAnteriores/af2008/Tomo_II/suppdocs/baselegal/231/Ley194.pdf
Rodríguez, O. & Nivia, A. (n.d.). 30 años de Historia…30 años de excelencia. Puerto Rico
Santiago, D. (2010). Ley del Servicio Público para los Profesionales de la Salud (Ed.). Recuperado de http://senado.pr.gov/Proyectos%20del%20Senado/ps1537-10.pdf




El masaje terapéutico

El masaje terapéutico


¿Qué es el masaje terapéutico? “La definición de masaje terapéutico es la manipulación sistemática y científica de los tejidos blandos de cuerpo.” (Prof. Cotto, 2014). También se puede definir como la “terapia manual destinada a producir una serie de reacciones fisiológicas controladas, en el sistema musculo esquelético y/u otros sistemas del cuerpo, que conducen al alivio terapéutico del individuo a tratar”(terapia-fisica.com, 2015) 

Efectos del masaje
  •          Reparación del tejido y formación de cicatriz
  •          Aumenta la circulación, el retorno venoso y Aumenta el movimiento del fluido linfático
  •          Promueve la flexibilidad
  •          Relajación muscular
  •          Libera endorfinas- Alivia Dolor
  •          Reduce la presión y ritmo cardíaco
  •          Reduce estrés
  •          Aumenta la claridad mental
  •          Reduce la ansiedad
  •          Rompe adherencia y separa los tejidos
  •          Induce el sueño
  •          Remueve la piel muerta
  •          Añade humedad a la piel
  •          Fomenta la buena respiración


Principios Generales


A la hora de aplicar un masaje se tiene que conocer unos principios o conocimientos específicos para aplicarlos. Entre estos puede ser la aplicación del masaje siempre se comienza con una presión superficial, luego profundo y se termina con superficial. Dependiendo la técnica que se utilice la presión de puede hacer Centrípeta o hacia el centro o centrifuga o fuera del centro. Otro principio general es el ambiente. Se debe aplicar el masaje en una atmósfera calmada, con luz controlada y una temperatura controlada. Además para mejorar el ambiente se puede aplicar la musicoterapia y aromaterapia. También tenemos como principio general la asepsia. Obtendremos la asepsia con un lavado correcto de manos, uso de guantes de ser necesario, sabanas y toallas limpias, y sobre todo papel camilla. Como parte de los principios generales siempre se debe verificar la piel del paciente a la hora de aplicar un masaje, es decir, piel integra que no tenga raspados o laceraciones, edemas, vellosidad excesiva, etc.  Es importante como principio general el posicionamiento del paciente.  Se debe buscar la comodidad del paciente para que él pueda disfrutar del masaje y podamos alcanzar las metas que se desean con el masaje terapéutico.  La retroalimentación es otro principio general del masaje debemos verificar la repuesta y expresiones del paciente al recibir el masaje, los cambios de respiración, etc. Podemos preguntarle al paciente como método de retroalimentación: ¿Se siente bien con el masaje?, ¿estoy haciendo mucha presión?, ¿el masaje le está causando más dolor?, si sientes que estoy haciendo mucha presión me lo indica. Otro principio general esta el cuidado de nuestras manos: uñas cortas, rutina de ejercicios para tener manos fuertes, no usar sortijas ni prendas a la hora de aplicar un masaje.  También debemos cuidar nuestra postura para evitar el dolor de espalda o fatiga. Para esto debemos usar un “Banquito”, balancear nuestro peso,  mantener nuestra espalda derecha.  Otro principio que debes saber a la hora de aplicar un masaje es el uso de lubricantes. El propósito principal para usar un lubricante a la hora de dar un masaje “es evitar la fricción entre la mano del fisioterapista y la piel del paciente” (Schneider, 2009).  Entre los lubricantes más comunes son: Aceite mineral, Aceite de bebe, Cocoa butter, Polvo/talco, cold cream, Lubricantes específicos de masaje.

Por: Lydia E. Figueroa Morales, 29/noviembre/2015

Referencias:
Cotto, C. (2014). Masaje Terapéutico. Humacao: Universidad de Puerto Rico en Humacao  

Schneider, I. (2009). Masaje Terapéutico en la extremidad Superior. Humacao: Universidad de Puerto Rico en Humacao

Terapia-fisica.com. (2015). Masaje Terapéutico (Ed.). Recuperado de http://www.terapia-fisica.com/masaje-terapeutico.html 



Vendaje Deportivo

Vendaje Deportivo


¿Qué es el vendaje deportivo? También conocido como vendaje funcional o vendaje de Protección. “El vendaje funcional pretende limitar el movimiento (incluso realizando inmovilización) de forma selectiva. Esto quiere decir que el (o los) movimientos dañinos se limitan, mientras que se permite el resto de movilidad de la articulación. Esto es de gran utilidad en el deporte.” (Lopez, M., 2012). Su aplicación principal en el deporte es para prevenir lesiones de aspecto deportivo y también tratar patologías deportivas.  Entre sus usos esta: estabilizar externamente una región corporal con el propósito de prevenir una lesión o la recurrencia de esta, limitar arco de movimiento de una articulación específica, protección de lesiones en estado de recuperación, y proveer compresión en área lesionada para contribuir en el proceso de sanación. En muchos deportes la aplicación del vendaje deportivo es obligatoria para los atletas de cierta categoría y en deportes de gran impacto.  La aplicación correcta de este tipo de vendaje es importante para evitar otras lesiones en áreas de la piel. Es importante reconocer que  "La aplicación del vendaje funciona/deportivo es un arte que requiere práctica y creatividad." (Bayron, F., 2015)
Entre las áreas más comunes de vendaje deportivo esta:
·         El vendaje de protección de tobillo donde se usa para prevenir lesiones, evitar las inversión y versión del pie, evitar desplazamiento o lesión en deportes de gran impacto, etc.
·         El vendaje de protección de tobillo con protección al tendón de Aquiles

·         Vendaje de rodilla

·         Vendaje de muñeca
·         Vendaje de dedos


  Por: Lydia E. Figueroa Morales, 29/ noviembre/2015
Referencias:
Bayron, F. (2015). Majase y Vendaje Deportivo. San Juan: DRD.
Lopez, M. (2012). Vendaje neuromuscular y funcional: no es lo mismo (Ed.).  Recuperado de http://www.vitonica.com/fisioterapia/vendaje-neuromuscular-y-funcional-no-es-lo-mismo